Gratificación de julio 2026: cálculo, fecha y todo lo que tu empresa debe tener en cuenta 

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La gratificación de Fiestas Patrias es uno de los beneficios laborales más importantes del año. Para las áreas de RR.HH. y administración, gestionarla correctamente no es opcional, ya que pueden incurrir en consecuencias legales ante el incumplimiento. En esta nota te explicamos todo lo que necesitas saber para el pago de la gratificación de julio 2026. 

 

¿Qué es la gratificación de julio y quiénes pueden acceder a ella? 

La gratificación de julio o Fiestas Patrias es un beneficio laboral obligatorio regulado por la Ley N.° 27735 y su Reglamento (D.S. N.° 005-2002-TR). Este beneficio corresponde a un pago adicional equivalente a una remuneración mensual completa, otorgado a los trabajadores del sector privado sin importar si su contrato es a plazo indeterminado, a plazo fijo o a tiempo parcial (deben cumplir como mínimo 4 horas diarias de trabajo). 

El derecho a gratificación se genera por cada mes calendario completo trabajado durante el periodo enero – junio 2026. Si el trabajador no completó los seis meses, recibe lo proporcional a los meses efectivamente laborados.

 

¿Cuándo se debe pagar la gratificación de julio 2026? 

El 15 de julio 2026 es la fecha límite para el pago de gratificación según lo establecido en la ley Ley N° 27735. 

 

¿Cómo se calcula la gratificación de julio 2026? 

La gratificación de julio 2026 se calcula de la siguiente manera: 

(Remuneración computable × Meses trabajados) ÷ 6 = Gratificación 

El trabajador recibe una remuneración mensual completa si trabajó los 6 meses completos del periodo enero-junio 2026. Caso contrario, recibe lo proporcional.

 

¿Qué incluye la remuneración computable? 

La remuneración para el cálculo es la vigente al 30 de junio 2026 e incluye: 

  • Sueldo básico mensual 
  • Asignación familiar (solo si aplica) 
  • Horas extras, bonificaciones y/o comisiones percibidas de forma regular al menos 3 veces en el semestre.

 

¿Qué es la bonificación extraordinaria? 

La Ley N° 29351 exonera la gratificación de aportes a la seguridad social y dispone que el equivalente se deposite directamente al trabajador. 

  • 9% de la gratificación para afiliados a EsSalud 
  • 6.75% de la gratificación para afiliados a EPS

 

La bonificación extraordinaria es pagada por el empleador junto con la gratificación y tiene carácter no remunerativo. 

 

Novedad 2026: trabajadores CAS 

Para este año, la Ley N° 32563 incorpora derechos laborales, como CTS y gratificación, para trabajadores bajo el régimen CAS. Su implementación es progresiva según disponibilidad presupuestaria.

 

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